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📢 ¡Atención Donatarias Autorizadas! Tienes hasta el 17 de febrero para presentar tu Declaración Anual 2024

  • Foto del escritor: Expertos en Nómina
    Expertos en Nómina
  • 12 feb
  • 3 Min. de lectura

Si tu organización es una Donataria Autorizada, es importante que no olvides cumplir con la presentación de la Declaración Anual del ejercicio 2024. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha establecido como fecha límite el 17 de febrero de 2025, por lo que es fundamental preparar la información con tiempo.

En este artículo te explicamos qué necesitas para cumplir con esta obligación y dónde encontrar la Guía de llenado para facilitar el proceso.


Declaración Anual 2024 Donatarias Autorizadas

 


📌 ¿Quiénes deben presentar esta declaración?


Todas las Donatarias Autorizadas que hayan recibido ingresos y realizado operaciones en el ejercicio fiscal 2024 deben presentar su declaración.


Esto aplica a:


✅ Asociaciones civiles con autorización para recibir donativos

✅ Instituciones de asistencia privada

✅ Fundaciones y organizaciones sin fines de lucro

✅ Cualquier entidad que opere con el beneficio de la autorización como donataria


Declaración Anual 2024 Donatarias Autorizadas

 

📍¿Cómo presentar la Declaración Anual 2024?

Declaración Anual 2024 Donatarias Autorizadas


Para presentar tu Declaración Anual, debes ingresar al minisitio de Donatarias Autorizadas del SAT y seguir los pasos indicados en la Guía de llenado.



⏳ Fecha límite: 17 de febrero de 2025


Es importante cumplir con esta obligación antes de la fecha límite para evitar sanciones y garantizar que tu organización pueda seguir operando como Donataria Autorizada en el futuro.


 

📋 ¿Qué información debes incluir en la Declaración Anual?


Declaración Anual 2024 Donatarias Autorizadas

 

Otras obligaciones fiscales


Además de la Declaración Anual del ejercicio 2024, que debe presentarse a más tardar el 15 de febrero de 2025, las Donatarias Autorizadas tienen otras obligaciones fiscales importantes que deben cumplir para mantener su autorización y operar conforme a la ley. A continuación, se detallan algunas de las principales obligaciones:


  1. Declaración Informativa de Transparencia: Durante el mes de mayo de cada año, las donatarias deben presentar esta declaración, en la cual informan sobre su patrimonio, el uso y destino de los donativos recibidos, y las actividades destinadas a influir en la legislación, correspondientes al ejercicio fiscal inmediato anterior.

  2. Informar sobre donativos en efectivo superiores a $100,000: Es obligatorio informar al SAT sobre los donativos recibidos en efectivo, ya sea en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro y plata, cuyo monto sea superior a $100,000. Esta información debe presentarse a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en el que se haya realizado la operación.

  3. Informar sobre operaciones con partes relacionadas: Las donatarias deben informar, a más tardar el día 17 de cada mes, sobre las operaciones que hayan celebrado en el mes inmediato anterior con partes relacionadas, así como de los servicios que reciban o de los bienes que adquieran de personas que les hayan otorgado donativos deducibles.

  4. Llevar contabilidad conforme al Código Fiscal de la Federación: Es indispensable que las donatarias lleven una contabilidad ordenada y conforme a las disposiciones fiscales vigentes, incluyendo la expedición y recabación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por las operaciones que realicen, incluyendo los donativos que reciban, ya sea en efectivo o en especie.

  5. Retener y enterar el ISR: Cuando las donatarias realicen pagos por la prestación de servicios subordinados, deben retener y enterar el Impuesto sobre la Renta (ISR) correspondiente.

  6. Destinar el patrimonio exclusivamente a los fines autorizados: Las donatarias deben asegurarse de que la totalidad de su patrimonio se destine exclusivamente a los fines propios de su objeto social por el cual se les haya otorgado la autorización.

  7. No otorgar beneficios sobre su patrimonio a personas físicas o morales: Salvo que se trate de otra donataria autorizada y se cuente con la autorización previa del SAT, las donatarias no deben otorgar beneficios sobre su patrimonio a personas físicas o morales.

  8. No destinar más del 5% de los donativos a gastos administrativos: Las donatarias no deben destinar más del 5% de los donativos que perciban para cubrir sus gastos administrativos.

  9. Informar sobre cambios en su situación fiscal: Es obligatorio informar al SAT sobre cualquier cambio en su situación fiscal, como domicilio fiscal, denominación o razón social, fusión, extinción, liquidación, disolución, cambio de residencia fiscal, cambio de representante legal, aviso de suspensión de actividades y/o aviso de reanudación de actividades, en los plazos previstos en la normativa vigente.


El cumplimiento de estas obligaciones es esencial para mantener la autorización como Donataria Autorizada y evitar posibles sanciones o la pérdida de dicha autorización. Para más detalles y una lista completa de las obligaciones, se recomienda consultar el portal oficial del SAT.  Con información de sat.gob.mx


 

🚀 Conclusión


Presentar la Declaración Anual 2024 es una responsabilidad fundamental para las Donatarias Autorizadas. Asegúrate de contar con toda la información necesaria y revisa la Guía de llenado en el sitio del SAT para facilitar el proceso.


Declaración Anual 2024 Donatarias Autorizadas

 

📢 ¿Necesitas asesoría fiscal? Contáctanos para ayudarte a cumplir con esta obligación sin contratiempos.


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